El Superior Tribunal de Justicia de Chubut dispuso la intervención de un equipo interdisciplinario tras la muerte de Ángel López, un niño de 4 años. El equipo había participado en el proceso de revinculación con su madre, quien está detenida como presunta responsable.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut dispuso por unanimidad la intervención del Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) de la Circunscripción Judicial N° II de Comodoro Rivadavia por un plazo de 60 días. La medida se adoptó tras la muerte de Ángel López, un niño de 4 años, quien falleció a causa de un edema cerebral producto de golpes, estando al cuidado de su madre, Mariela Altamirano, actualmente detenida.
Este equipo, integrado por psicólogas y trabajadores sociales, había intervenido en el expediente judicial que derivó en la revinculación del niño con su madre biológica en noviembre pasado. La decisión del juez de Familia Pablo Pérez se basó en informes técnicos y en la postura de la asesora de Familia Verónica Roldán.
Paralelamente, la ONG «Más Vida» presentó una denuncia contra las licenciadas en psicología Jennifer Leiva y Vanesa Marín, quienes participaron en la evaluación del caso. Se las acusa de presunta violación de los deberes de funcionario público y eventual falso testimonio. Entre los argumentos, se sostiene que no verificaron en persona las condiciones de la vivienda donde viviría el niño, basándose en fotografías enviadas por la madre que no correspondían al precario domicilio real.
La resolución del STJ, firmada por los ministros Andrés Giacomone, Javier Raidan, Silvia Bustos, Camila Banfi, Mario Vivas y Ricardo Napolitani, nombra como interventora a la presidenta de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, la jueza María Marta Nieto. Su función será realizar una auditoría del ETI con la colaboración de técnicas especializadas, debiendo elevar informes semanales al tribunal.
La intervención no alcanza al juez Pérez, cuya actuación solo podría ser revisada en el marco de un jury de enjuiciamiento. En sus fundamentos, el STJ citó normativas sobre guardias de violencia familiar y aludió al «lamentable acontecimiento» de público conocimiento.
