A partir del 1° de octubre, el estado de California pondrá en vigor la ley CARS Act, que establece reglas más estrictas para la venta y arrendamiento de autos, con el objetivo de brindar mayor transparencia y derechos a los compradores.
Desde el 1° de octubre, el estado de California, Estados Unidos, aplicará nuevas reglas para la venta y el arrendamiento de vehículos en concesionarios. La ley CARS Act (SB 766), firmada por el gobernador Gavin Newsom en octubre de 2025, tiene un alcance que incluye operaciones de venta, financiamiento y arrendamiento de vehículos nuevos y usados en el mercado minorista.
El eje central de la norma es impedir que los compradores cierren una operación con información incompleta, cargos discutibles o promesas de financiamiento que luego no se sostienen. Entre los cambios más relevantes, la ley prohíbe la publicidad engañosa y limita los cargos por productos o servicios adicionales (add-ons) que no tengan una utilidad concreta para el comprador.
Uno de los aspectos más destacados es la creación de un derecho de cancelación de tres días para determinadas operaciones con vehículos usados con un valor de hasta US$50.000. Este plazo comienza al día siguiente de la firma del contrato. Sin embargo, el comprador perderá este derecho si el vehículo es utilizado por más de 400 millas (643 kilómetros) desde la entrega, y el concesionario podrá cobrar una tarifa de reposición dentro de los topes establecidos.
La nueva regulación también exige a los concesionarios exhibir de forma clara el precio total del vehículo en anuncios y comunicaciones escritas cuando promocionen una unidad específica o hablen de financiación. Si se presenta una cuota mensual, también deberá informarse el monto total a pagar al finalizar el contrato.
Además, los concesionarios estarán obligados a conservar registros, incluyendo publicidad y documentación vinculada a devoluciones, durante un período de dos años.
La normativa no se aplica de la misma forma a todos los vehículos. El derecho de cancelación de tres días no alcanzará a vehículos nuevos, motocicletas, vehículos recreativos o autocaravanas. Tampoco abarcará operaciones como ventas de flota, compras empresariales o transacciones mayoristas, donde seguirán rigiendo otras reglas del mercado automotor californiano.
