martes, 25 agosto, 2026
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Costos oficiales de las visas para viajar a Estados Unidos en abril de 2026

El Departamento de Estado de EE.UU. establece tarifas diferenciadas según el tipo de visa solicitada, que van desde permisos de turismo hasta residencia permanente. Conozca los valores vigentes y las condiciones generales de aplicación.

El Departamento de Estado de los Estados Unidos (DOS) establece tarifas diferenciadas para las visas según la categoría del permiso solicitado. Las visas pueden tramitarse generalmente en el país de residencia del solicitante, aunque existen excepciones para hacerlo en terceros países o sedes designadas.

La documentación abarca desde autorizaciones para estadías de corto plazo, como turismo o negocios, hasta visas de trabajo temporal e incluso de inmigración para residencia permanente.

Tarifas para visas de no inmigrante (permisos temporales)

El sitio web oficial del DOS detalla los siguientes valores para las visas que otorgan permisos temporales:

  • Visa de turista/negocios (B1/B2): US$185.
  • Visa de estudiante (F, M): US$185.
  • Visa de trabajo temporal (H, L, O, P, Q, R): US$205.
  • Visa de intercambio (J): US$185.
  • Visa de tripulante/tránsito (C1/D): US$185.

En este apartado también se incluyen las tarjetas de cruce de frontera para ciudadanos mexicanos, con un costo de US$185 para mayores de 15 años y US$15 para menores.

Tarifas para visas de inmigrante (residencia permanente)

Para los permisos que permiten residir de forma permanente en EE.UU., los valores son:

  • Petición familiar (I-130): US$325.
  • Petición basada en empleo (I-140): US$345.
  • Ajuste de estatus (I-485): US$1440.

Costos de procesamiento y excepciones

Además de la tarifa de la visa, el DOS aplica un cargo por procesamiento de la solicitud, que varía según la categoría. Mientras que en algunos casos es de US$205, en peticiones familiares y basadas en empleo puede alcanzar los US$325 o US$345, respectivamente.

Desde 2025, los solicitantes deben programar su entrevista, en la mayoría de los casos, en la embajada o consulado de su país de residencia o nacionalidad.

Existen ciertos casos en los que no es necesario abonar una tarifa, como para solicitantes de visas A (diplomáticos), G (organismos internacionales) y en algunas categorías específicas de visas J (intercambio).

Se recomienda a cada interesado consultar la información actualizada y particular a su situación en el sitio oficial del Departamento de Estado, ya que las normativas y tarifas pueden sufrir modificaciones.

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