La investigación judicial por la muerte de Isak Andic, fundador de Mango, reveló que una terapeuta que trabajaba con la familia no está registrada en el Colegio Oficial de Psicología de Cataluña, lo que abrió un debate sobre los riesgos del intrusismo laboral en la profesión.
Una terapeuta que intervino en la mediación de desacuerdos económicos entre Isak Andic, fundador de Mango, y su hijo Jonathan —hoy detenido como presunto autor del homicidio de su padre— se convirtió en testigo clave de la investigación judicial. La profesional, identificada como Júlia Lüderwalt, habría trabajado también para otras familias adineradas de España, como la de Urdangarin-Borbón.
El Colegio Oficial de Psicología de Cataluña (COPC) abrió una investigación preliminar tras constatar que Lüderwalt no está registrada en ningún colegio profesional español, lo que generó sospechas de posible intrusismo laboral y mala praxis. La psicóloga sanitaria Beatriz Fernández Moreno, docente en el Instituto Europeo de Psicología Positiva (IEPP), explicó a Infobae las diferencias entre un psicólogo, un mediador y un terapeuta.
Fernández Moreno señaló que el término «psicólogo» requiere una titulación universitaria oficial y la colegiación, lo que permite verificar la identidad y presentar reclamaciones deontológicas. Además, para intervenir en salud mental se necesita el Máster Universitario en Psicología General Sanitaria o el título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica (PIR). En contraste, el término «terapeuta» no tiene un marco normativo claro, lo que genera un vacío legal y de control deontológico.
La experta afirmó que «intervenir en la salud mental no consiste simplemente en escuchar» y que los profesionales deben «saber evaluar qué está ocurriendo, detectar señales de riesgo, distinguir entre situaciones diferentes y elegir una intervención adecuada». Sin esa base científica, la buena voluntad puede ser insuficiente y potencialmente peligrosa, ya que «en salud mental, una intervención bienintencionada pero inadecuada puede retrasar la ayuda correcta, aumentar el malestar o generar una relación de dependencia».
Fernández Moreno advirtió que el intrusismo laboral «compromete la protección de los derechos del paciente y aumenta el riesgo de prácticas poco éticas», como la confusión entre la relación terapéutica y los intereses económicos, personales o familiares del profesional. También subrayó que «no es recomendable que quien ha sido terapeuta de una persona, familia o pareja actúe después como mediador en ese mismo conflicto», ya que dispone de información íntima que puede comprometer su imparcialidad.
El caso de Lüderwalt evidencia la necesidad de concienciar sobre las garantías legales y éticas de la psicología regulada. Fernández Moreno concluyó que «el objetivo de la intervención psicológica debe ser ayudar a las personas a recuperar su capacidad de comprender la situación y tomar decisiones, no sustituirlas en ese proceso».
