miércoles, 24 junio, 2026
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La provincia de Buenos Aires abrió una convocatoria para financiar planes de manejo y conservación de bosques nativos

El Ministerio de Ambiente bonaerense habilitó la Convocatoria 2026 para presentar solicitudes de financiamiento destinadas a la formulación de planes de manejo y conservación de bosques nativos. Los interesados tendrán 60 días corridos para inscribirse y deberán cumplir una serie de requisitos técnicos y administrativos.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires formalizó la apertura de la Convocatoria 2026 para la presentación de solicitudes de financiamiento destinadas a la formulación de Planes de Manejo (PM), Planes de Conservación (PC) o Planes de Manejo y Conservación (PMyC) en predios incorporados al Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 116/2026 del Ministerio de Ambiente, publicada este miércoles en el Boletín Oficial bonaerense y firmada por la ministra Daniela Vilar.

Según la resolución, la convocatoria se enmarca en la Ley Nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos y en la normativa provincial que regula la conservación y el manejo sostenible de estos ecosistemas.

El texto establece que el plazo para presentar las solicitudes será de 60 días corridos contados desde la publicación de la resolución. Los fondos estarán destinados a la formulación de proyectos vinculados a la planificación del manejo y la conservación de bosques nativos ubicados dentro del ordenamiento territorial vigente en la provincia.

La cartera ambiental también aprobó los formularios y la documentación que deberán presentar los interesados. Entre los requisitos, se dispuso que los proyectos de formulación de planes deberán ser completados y firmados por un profesional inscripto en el Registro de Profesionales de Bosques Nativos del Ministerio de Ambiente.

Además, se aprobaron los criterios técnicos para la distribución de los fondos previstos por el artículo 32 de la Ley Nacional 26.331, elaborados sobre la base de los lineamientos fijados por el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA).

La resolución contempla que los beneficiarios deberán suscribir previamente un convenio con el Ministerio de Ambiente antes de recibir el desembolso de los fondos. También deberán informar una cuenta bancaria a su nombre para concretar las transferencias.

El plazo para formular y presentar el plan correspondiente no podrá superar los 12 meses desde la transferencia efectiva de los recursos. En caso de demoras, los beneficiarios podrán solicitar una prórroga excepcional, acompañando un informe que justifique el retraso y detalle el estado de avance del proyecto.

La normativa advierte que las solicitudes que no cumplan con la totalidad de los requisitos y la documentación exigida serán rechazadas. Asimismo, señala que quienes incumplan los plazos establecidos podrán ser sancionados conforme a lo previsto en la Ley Provincial 14.888, con registro del antecedente en el Registro Nacional de Infractores.

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