lunes, 29 junio, 2026
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ARCA habilita exención del Impuesto al Cheque para billeteras virtuales y proveedores cripto

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha este lunes una medida anunciada días atrás por el Gobierno nacional mediante la cual amplió una serie de exenciones en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, conocido como Impuesto al Cheque, para billeteras virtuales, proveedores de servicios de activos virtuales y otras entidades del ecosistema financiero.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este lunes la aplicación de exenciones en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias (Impuesto al Cheque) para billeteras virtuales, administradoras de pagos, empresas de cobranzas, operadores de tarjetas, transportes de caudales y proveedores de servicios de activos virtuales (cripto). La medida fue establecida mediante el Decreto 475/2026, publicado hace diez días en el Boletín Oficial, y reglamentada a través de la Resolución General 5869/2026 de ARCA.

Uno de los cambios más relevantes incorpora una exención para las cuentas utilizadas exclusivamente por los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), siempre que estén inscriptos en el registro correspondiente de la Comisión Nacional de Valores (CNV). La medida alcanza a las operaciones inherentes a su actividad específica y exige que las cuentas también sean registradas ante ARCA.

El decreto también amplía beneficios para las empresas dedicadas a servicios electrónicos de pagos y cobranzas por cuenta y orden de terceros. A partir de ahora, la exención comprenderá los movimientos vinculados con la entrega o depósito de efectivo en cuentas bancarias o de pago y alcanzará a las cuentas utilizadas por agentes oficiales de esas compañías cuando sean empleadas exclusivamente para esas operaciones. Este beneficio se extiende a las empresas de cobranzas electrónicas que actúan como agencias complementarias de servicios financieros.

Otra de las modificaciones incorpora una dispensa para las cuentas utilizadas por sujetos que administran o trasladan fondos de terceros destinados a operaciones de cobranza, siempre que el destinatario final sea un consumidor y que los operadores estén inscriptos en los registros habilitados para esa actividad. Además, la norma exime del impuesto a las cuentas utilizadas exclusivamente por empresas que operan sistemas de tarjetas de crédito, compra y débito, en relación con débitos originados en préstamos bancarios destinados a financiar su actividad y con los movimientos vinculados a la emisión y cancelación de obligaciones negociables emitidas con ese mismo fin.

Por otra parte, el Gobierno incorporó una exención específica para las cuentas empleadas por empresas transportadoras de caudales para rendir a sus clientes el dinero en efectivo recaudado. Para acceder al beneficio deberán estar registradas ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

Desde la Casa Rosada señalaron que las modificaciones responden a la necesidad de adaptar la regulación tributaria a los avances tecnológicos y al nuevo marco regulatorio que rige para diversos actores del ecosistema financiero. Las disposiciones entraron en vigencia este jueves y se aplicarán a los hechos imponibles que se perfeccionen a partir de la fecha de publicación del decreto.

Maxi Raimondi, CFO de Lemon, afirmó que la medida «corrige una asimetría impositiva que generaba costos adicionales para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) y limitaba el desarrollo de nuevas soluciones financieras. Al equiparar el tratamiento del Impuesto sobre los Débitos y Créditos con el del sistema financiero tradicional, se avanza hacia un marco más competitivo, eficiente y favorable para la innovación». Además, señaló que la decisión oficial «es el resultado de un trabajo conjunto entre la industria, la Cámara Argentina Fintech y los organismos reguladores, y representa un nuevo reconocimiento al rol que cumplen los PSAV dentro del ecosistema financiero». Para el ejecutivo, «los activos virtuales ya no son solo una alternativa de resguardo de valor. Cada vez más se consolidan como infraestructura financiera que permite ofrecer mejores productos, reducir fricciones y acelerar la digitalización financiera en Argentina».

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