El economista y abogado David Jiménez detalla en un video el mecanismo de distribución forzosa de bienes que establece el Código Civil para quienes fallecen sin dejar testamento.
En España, morir sin testamento activa un sistema de reparto automático de la herencia basado en tres tercios, según lo dispuesto en el Código Civil. El abogado y economista David Jiménez explicó en un video publicado en Instagram (@davidjimenezabogado) cómo funciona este mecanismo y por qué hacer testamento puede modificar el destino del patrimonio.
“Si no tienes hecho el testamento, en la mayor parte de España las herencias se reparten por tercios”, advirtió Jiménez. Este sistema, recogido en los artículos 806 y siguientes del Código Civil, protege a los herederos forzosos: hijos, padres y cónyuge, en ese orden de prelación.
El primer tercio: la legítima estricta
El primer bloque es el tercio de legítima estricta, reservado de forma inamovible a los hijos del fallecido. “En el caso de que tengas hijos, ese tercio irá a tus hijos por partes iguales”, explicó Jiménez. “En el caso de que no tengas hijos, otra parte de tu herencia irá a tus padres”, agregó. Esta porción no puede ser distribuida de forma desigual ni privada a los hijos, y cualquier donación en vida que la reduzca puede ser impugnada judicialmente.
El segundo tercio: la mejora
El tercio de mejora permite, según Jiménez, “mejorar a un hijo más que a otro si lo deseas”. Este tramo debe ir siempre para los hijos o descendientes, pero no exige un reparto igualitario. Si el fallecido no dejó instrucciones, la ley prevé que se reparta a partes iguales entre los hijos.
El tercer tercio: libre disposición
El tercio de libre disposición es el único sobre el que el fallecido tiene plena autonomía. “Es aquel que puedes dejar a quien tú quieras”, resumió Jiménez. Sin testamento, esta libertad desaparece y la ley distribuye ese tramo entre los herederos legítimos según el orden de prelación.
¿Qué pasa con el cónyuge?
En cuanto al cónyuge viudo, Jiménez sostuvo que “la legítima del cónyuge viudo es el usufructo de ese tercio de mejora. Usufructo, nada más”. Esto implica que el cónyuge superviviente no recibe la propiedad de ningún bien, sino el derecho a usarlos y disfrutar de sus frutos mientras viva. En ausencia de descendientes pero con ascendientes, obtiene el usufructo de la mitad de la herencia; si no hay ni descendientes ni ascendientes, el usufructo se amplía a dos tercios.
La importancia de dejar hecho el testamento
“Por eso siempre tienes que hacer testamento si quieres mejorar a alguno de estos herederos, porque si no, en la mayor parte de España se va a repartir como acabo de decirte”, concluyó Jiménez. El testamento permite redistribuir el tercio de mejora y asignar el tercio de libre disposición. No obstante, el abogado añadió que “en otros territorios forales o en Cataluña es completamente diferente”. Comunidades con derecho foral propio —País Vasco, Navarra, Aragón, Galicia, Baleares y Cataluña— aplican normas sucesorias distintas. En Cataluña, la legítima de los descendientes se reduce al 25% del total; en Navarra, la libertad de testar es prácticamente absoluta.
