viernes, 4 septiembre, 2026
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El Banco Central flexibiliza el acceso a créditos en dólares para empresas no exportadoras

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó las normas de la política de crédito para permitir que las entidades financieras otorguen préstamos en moneda extranjera a clientes que, aunque no generen ingresos directos en dólares, dispongan de garantías en esa denominación otorgadas por empresas exportadoras o vinculadas al comercio exterior.

Buenos Aires, 12 junio (NA) – El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó las normas de la política de crédito para permitir que las entidades financieras otorguen préstamos en moneda extranjera a clientes que, aunque no generen ingresos directos en dólares, dispongan de garantías en esa denominación otorgadas por empresas exportadoras o vinculadas al comercio exterior.

La medida busca dinamizar el financiamiento corporativo utilizando la capacidad de préstamo de los depósitos en dólares del sistema bancario.

La medida se estableció a través de la Comunicación «A» 8446, emitida por la autoridad monetaria y que procesó Agencia Noticias Argentinas.

La normativa establece que quedarán comprendidas en la asignación de estos recursos las financiaciones a deudores que presenten avales en moneda extranjera, siempre y cuando los otorgantes de las garantías se constituyan como principales pagadores y renuncien a los beneficios de excusión y división.

Esto significa que la firma garante asume la responsabilidad directa del pago ante un eventual incumplimiento.

Hasta este cambio, la regulación exigía estrictamente que los vencimientos de las cuotas guardaran una relación directa con el flujo de ingresos previstos en la misma moneda del crédito, un requisito diseñado para mitigar el riesgo cambiario que ahora queda sin efecto para este tipo de operaciones específicas.

A partir de esta adecuación, los bancos comerciales quedan exceptuados de verificar dicha correspondencia entre ingresos y moneda del préstamo para los deudores garantizados.

No obstante, las entidades financieras mantienen la obligación general de evaluar la capacidad de pago integral del cliente.

Para ello, los bancos deberán contemplar un análisis basado en al menos dos escenarios macroeconómicos que incluyan fluctuaciones significativas en el tipo de cambio oficial en el término de un año.

Con esta flexibilización, la autoridad de aplicación apunta a que las empresas locales que forman parte de la cadena de valor, o que cuentan con el respaldo de socios comerciales internacionales o grandes exportadores, puedan captar financiamiento en dólares sin necesidad de demostrar facturación directa hacia el mercado externo, ampliando el universo de tomadores de crédito en el mercado local.

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