“Esta asociación ilícita que funcionó desde 2003 a 2015, está integrada por Cristina Kirchner, Julio De Vido, José López, Nelson Periotti y Lázaro Báez”, quienes “se organizaron para cometer” los hechos investigados en el caso Vialidad. Esas fueron las palabras del fiscal Mario Villar al pedir una condena de doce años para la ex vicepresidenta, pero también pidió que se anule la absolución que había obtenido el ex ministro de Planificación: “era el garante de los controles que se debían hacer sobre la obra pública”, sostuvo.
En el marco de la audiencia ante la Cámara Federal de Casación Penal, que comenzará a revisar la sentencia condenatoria del caso Vialidad, el Ministerio Público Fiscal fue el primero en exponer. Se refirió a una estructura montada desde el Estado 2003 a 2015 -los tres períodos kirchneristas-, “donde funcionó una asociación ilícita”.
Ese primer concepto busca endurecer la pena que recibió Cristina Kirchner por el delito de administración fraudulenta. Junto con su ex socio comercial, Lázaro Báez, recibieron la máxima acusación a seis años de cárcel. José López, ex secretario de obras públicas, fue sentenciado por el mismo tiempo de prisión.
Pero entre los absueltos por el Tribunal Oral Federal II se encuentra Julio De Vido, ex titular de Planificación Federal.
Durante la audiencia ante la Sala IV de la Casación Federal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, el fiscal Villar le dedicó unos cuántos minutos a explicar porqué, a su entender y respaldando al fiscal de juicio Diego Luciani, el ex funcionario también debía ser condenado.
Los fundamentos de la sentencia que se encuentra bajo análisis expresan el criterio de los magistrados del TOF 2, que llevaron a cabo el debate oral. “Tenemos la certeza de que, mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”.
Los jueces indicaron que los ex funcionarios de Vialidad Nacional y provincial en Santa Cruz “operaron al margen del interés público”, configurando, “detrás de una apariencia de licitud, una sincronizada y unívoca disposición del aparato estatal enderezado a la consumación del delito”.
Todo lo investigado ocurrió bajó la órbita del Ministerio de Planificación Federal que durante las tres administraciones kirchneristas, dirigió Julio De Vido. Al absolverlo -en un voto mayoritario- el Tribunal dijo que por su rango «no había una relación entre el funcionario y el patrimonio aplicado a las obras viales”. Además, como esa mayoría de dos jueces entendió que no hubo una asociación ilícita, a De Vido no se lo podía acusar por el rol asignado por la fiscalía como organizador de esa supuesta asociación.
En su alegato, fiscal Diego Luciani había requerido una pena de diez años para el ex ministro, justamente como «organizador» de la asociación criminal que dirigía Cristina Kirchner, para quien pidió una pena de doce años.
Al argumentar que Julio De Vido debía ser condenado, el fiscal Villar dijo este lunes: “El Tribunal erróneamente dijo que no estaba cerca de la exposición patrimonial, pero esto es normal en los delitos económicos de organización, en general las personas de mayor poder de decisión están más alejadas de la ejecución material de los hechos”.
Citó las funciones y responsabilidades de los ministros, para indicar que no podía omitirse el rol de De Vido como máxima autoridad del Ministerio de Planificación de quien dependían tanto Vialidad Nacional como la Secretaría de Obras Públicas. “Los ministros son responsables de los actos que legalizan y solidariamente de los que acuerdan con sus colegas”, dijo leyendo la Constitución.
De Vido tiene responsabilidad, continuó argumentando, “sobre las resoluciones de sus competencias en lo concerniente al régimen económico y administrativo de su cartera”.
Villar fue un paso más allá y dijo que hay tres deberes que son inherentes a un ministro, según la Ley de Administración Financiera y de los Sistema de Control de la Administración Pública: “el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno, incluirá los mecanismos de control previos y posteriores y la auditoría interna”.
En cuanto a las obras públicas respecta, se recordó un Decreto de 2003 a través del cual la Secretaría de Obras Públicas pasó a depender del Ministerio que dirigió De Vido, como también por otro Decreto, la Dirección de Vialidad Nacional “que era un órgano autárquico que dependía de Planificación Federal”, recordó.
De esta manera, dijo Villar, “la elaboración, propuesta y discusión las obras de infraestructuras viales era un objetivo propio del ministerio de Planificación” y añadió que por más que estas áreas contaban con un sistema de control propio “seguía siendo el ministro el garante de delegar esa función y nunca perdió las facultades de contralor”.
Por este motivo, se le atribuyó la imputación por omisión de sus funciones, pero también “hubo acciones que fueron relevantes para la imputación de administración fraudulenta como para la de asociación ilícita”. Al respecto, mencionó la creación del presupuesto que se volcaba a la Secretaría de Obras Públicas: puede decirse que eso está lejos del ministro, pero hay más resoluciones, decretos que modificaron los presupuestos y se aumentaron los recursos para Vialidad”.
En un juego de palabras y utilizando el criterio de la distancia del ex funcionario de la repartición presupuestaria, Villar señaló, “hubo también otras designaciones del fondo fiduciario del gasoil, había responsabilidad. Esto le otorgaba fondos discrecionales al ministerio de Planificación Federal”, atribuyéndole participación a De Vido sobre los delitos investigados.
El fiscal aclaró que si bien los decretos que toman fondos fiduciarios “fueron firmados por dos presidentes distintos, involucran al mismo ministro, pero también hubo diversas resoluciones del Ministerio que dirigía que fueron parte del delito cometido”.
Bajo estos argumentos avaló la pena pedida durante el juicio por el fiscal Luciani, una condena de diez años, por ser organizador de la asociación ilícita.