La Junta de Apelaciones de Inmigración de Estados Unidos emitió un fallo el 4 de septiembre que modifica los criterios para evaluar solicitudes de asilo de ciudadanos venezolanos, a partir del cambio de gobierno en Venezuela.
La Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés) de Estados Unidos estableció un nuevo criterio para los casos de asilo de ciudadanos venezolanos mediante un fallo emitido el 4 de septiembre. La decisión consideró que la remoción de Nicolás Maduro, ocurrida el 3 de enero, y la posterior transferencia de la autoridad ejecutiva a un gobierno interino modificaron las circunstancias políticas de ese país.
Qué deberán evaluar ahora los jueces
Según el fallo, los jueces de inmigración deberán analizar si el cambio de gobierno en Venezuela afecta el temor fundado de persecución alegado por cada solicitante. La BIA aclaró que la modificación del escenario político no implica que todos los venezolanos pierdan automáticamente la posibilidad de obtener asilo, sino que cada caso debe examinarse de forma individual.
El caso que originó la decisión fue devuelto para un nuevo análisis porque el juez de inmigración no había examinado en profundidad cómo la transición política afectaba el riesgo específico alegado por la demandante. El tribunal también ordenó revisar si la solicitud fue presentada dentro de los plazos establecidos por la legislación estadounidense.
De acuerdo con el fallo, los jueces deberán evaluar qué ocurrió con las personas, organizaciones o fuerzas de seguridad de las que el interesado afirma haber sido víctima o teme ser perseguido. La pregunta central será si esos actores continúan operativos, conservan capacidad para actuar y tienen interés en perseguir al solicitante bajo el nuevo gobierno.
El análisis también tendrá que considerar la situación de las normas e instituciones asociadas con el antiguo gobierno y determinar si continúan con su aplicación. De esta manera, una decisión sobre asilo no podrá sustentarse únicamente en una descripción general de la situación política venezolana.
Contexto diplomático
La BIA indicó que deberán tenerse en cuenta los cambios en la relación entre Estados Unidos y las nuevas autoridades venezolanas. Entre los acontecimientos mencionados se encuentran la reapertura de la Embajada estadounidense en Caracas, el 30 de marzo, y el plan de tres etapas impulsado por Washington para la estabilización, recuperación económica y transición democrática del país latino.
Plazo de un año para solicitar asilo
El fallo también tiene consecuencias para quienes llevan más de un año en Estados Unidos sin presentar una solicitud de asilo. La legislación estableció, como regla general, que el Formulario I-589 debe presentarse dentro del primer año contado desde la última llegada al país norteamericano. Existen excepciones cuando se producen circunstancias cambiadas o extraordinarias.
En el caso de los venezolanos, la salida de Maduro puede constituir una circunstancia cambiada, pero el solicitante debe demostrar que ese acontecimiento modificó de manera directa y material su posibilidad de obtener asilo. Además, no alcanza con acreditar el cambio político: la persona tendrá que demostrar que presentó su trámite dentro de un período considerado razonable después de que ocurrieran las nuevas circunstancias.
Quienes presenten una solicitud fuera del plazo deberán explicar la relación entre la transición venezolana y su situación personal.
Otras protecciones posibles
Si un juez concluye que un trámite fue iniciado después del período legal y que el interesado no reúne los requisitos para la excepción por circunstancias cambiadas, el pedido de asilo podrá ser rechazado por extemporáneo. Sin embargo, el nuevo criterio estableció que ese resultado no pone fin necesariamente al análisis de protección frente a una posible deportación.
El juez debe evaluar por separado si la persona reúne las condiciones para acceder a otras formas de protección previstas por la legislación estadounidense, como la retención de expulsión y la protección prevista por la Convención contra la Tortura.
Precedente Matter of A-E-V-M-
El precedente Matter of A-E-V-M- modificó la forma en que los jueces deben estudiar los casos de ciudadanos venezolanos después del cambio de gobierno. La transición política deberá formar parte del análisis, pero no determina por sí misma el resultado de una solicitud.
Los tribunales tendrán que establecer si las amenazas que motivaron la salida del país latino existen todavía, si los responsables mantienen capacidad para actuar y si las nuevas condiciones políticas modificaron el riesgo individual. También deberán considerar los cambios institucionales y diplomáticos ocurridos desde enero del año en curso.
