El Segundo Juzgado Constitucional de Lima convocó a una audiencia para el 12 de agosto a las 11:00, en la que se analizará la demanda presentada por el exministro Walter Ayala. El tribunal habilitó la participación virtual del expresidente desde el Penal de Barbadillo.
El Poder Judicial de Perú evaluará este miércoles 12 de agosto, en audiencia pública, la demanda de hábeas corpus presentada a favor del expresidente Pedro Castillo. La solicitud fue interpuesta por el exministro de Defensa Walter Ayala y busca la liberación inmediata del exmandatario, amparándose en el informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, que calificó su detención como arbitraria y recomendó al Estado peruano considerar su excarcelación.
Según la resolución judicial a la que tuvo acceso Infobae, el Segundo Juzgado Constitucional de Lima convocó a la audiencia para las 11:00 horas. Para la participación de Castillo, se ofició al establecimiento penitenciario de Barbadillo a fin de que se le brinden las facilidades para conectarse de manera virtual.
Requerimientos de la demanda
El hábeas corpus presentado por Ayala exige:
- La libertad inmediata de Pedro Castillo por considerar que su detención es arbitraria.
- La nulidad de la resolución legislativa 001-2022-2023-CR que declaró la vacancia presidencial.
- La nulidad de la resolución legislativa 002-2022-2023-CR que levantó el antejuicio político para su procesamiento por el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.
- La nulidad de la resolución del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria que dictó 18 meses de prisión preventiva por el caso del golpe de Estado, y de la resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que la confirmó.
- La nulidad de la resolución que dictó 36 meses de prisión preventiva por presunto liderazgo de organización criminal, y de la resolución que la confirmó.
- La nulidad de las resoluciones que ampliaron la prisión preventiva y de la sentencia que lo condenó a 11 años y 5 meses de prisión por el delito de conspiración para la rebelión.
- La reposición de las cosas a su estado anterior y la investigación de los responsables de las violaciones a sus derechos fundamentales.
Contenido del informe de la ONU
El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU emitió un documento de 19 páginas en el que concluye que la detención de Pedro Castillo es arbitraria y recomienda al gobierno peruano su liberación y una eventual indemnización.
El informe no menciona la sentencia del Tribunal Constitucional (expediente 01803-2023-PHC/TC), publicada en abril de 2024, que validó la vacancia exprés y se pronunció sobre la detención en flagrancia. En su fundamento 49, los magistrados señalaron que el procedimiento de antejuicio político aplica en situaciones de normalidad constitucional, condición que no se cumplió el 7 de diciembre de 2022, cuando Castillo «de forma pública y manifiesta atentó contra el orden constitucional en flagrancia, al constituirse como un gobernante de facto».
El informe tampoco hace referencia al fallo de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema que condenó a Castillo, aunque el grupo de trabajo dejó de recibir información en marzo de 2025, antes de que se dictara esa sentencia.
En el párrafo 87, el grupo de trabajo afirma que la defensa de Castillo ofreció «elementos suficientes» para el levantamiento de la prisión preventiva, sin explicar el razonamiento. El documento tampoco menciona el intento del expresidente de refugiarse en la Embajada de México para solicitar asilo político.
El informe también sostiene que las autoridades peruanas realizaron «una muy activa campaña estableciendo por adelantado el hecho de que el expresidente era culpable». Los pronunciamientos institucionales de ese período condenaban la ruptura del orden constitucional sin imputar delitos concretos.
En varios pasajes, el grupo de trabajo da por acreditadas vulneraciones de derechos basándose únicamente en que el gobierno peruano no logró refutar las alegaciones de «la fuente», sin evaluar su correspondencia con los hechos.
El informe recomienda la liberación de Castillo sin considerar que sobre él pesa una prisión preventiva en el marco de un proceso por presunto liderazgo de una organización criminal, caso distinto al del 7 de diciembre de 2022 que el grupo de trabajo analizó.
