domingo, 26 abril, 2026
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Entra en vigor en Cuba la nueva ley aduanera con controles más estrictos

El Decreto de Ley 108, que reorganiza el sistema aduanero cubano, comenzó a regir este 21 de abril. La normativa establece controles más rigurosos para viajeros, incluyendo inspecciones de equipaje y corporales, y afecta especialmente a quienes llegan desde Miami.

Cuba puso en marcha el Decreto de Ley 108, una normativa que reorganiza el funcionamiento del sistema aduanero y modifica los procedimientos aplicados a viajeros y mercancías. La medida entró en vigor el 21 de abril y afecta también a los viajeros procedentes de Miami.

El nuevo marco legal establece cambios en los controles fronterizos con el objetivo de ajustar las operaciones a estándares internacionales y redefinir los mecanismos de supervisión en aeropuertos y puertos. Las disposiciones impactan en quienes viajan desde Miami hacia Cuba, especialmente con controles más estrictos durante el ingreso a la isla.

“Tras su publicación en el boletín oficial el pasado 21 de enero, este 21 de abril entra en vigor el Decreto de Ley 108 ‘De Aduanas’; el Decreto 134 ‘Reglamento del Decreto-Ley’ y sus normas complementarias”, anunció la Aduana de Cuba en su cuenta de Facebook.

El decreto amplió las facultades para revisar pertenencias de los viajeros. Esto abarca inspecciones físicas del equipaje y, en determinados casos, controles corporales cuando exista sospecha de infracción. Las autoridades pueden emplear herramientas como escáneres, perros entrenados y sistemas de videovigilancia para supervisar el ingreso de personas y mercancías en los puntos de entrada.

Además, se establecieron mecanismos de control sobre quienes transportan paquetes para terceros. Esta práctica queda sujeta a revisión y puede derivar en la retención de los artículos involucrados. “El Decreto de Ley moderniza procesos aduaneros, los simplifica, elimina trabas y problemas identificados, reduce trámites y tiempos en la actuación aduanera”, dijo la agencia en sus redes sociales.

La normativa incorporó una categoría de infracción vinculada a materiales considerados contrarios al interés estatal. Esta definición incluye documentos, publicaciones u objetos con contenido político específico. Las personas que intenten ingresar o sacar este tipo de materiales pueden enfrentar el decomiso de los productos y la aplicación de multas. El monto se calcula en función del valor declarado en aduana. El texto legal no detalla criterios específicos para determinar qué elementos entran en esta categoría, lo que deja su interpretación en manos de las autoridades correspondientes.

El decreto mantiene las condiciones vigentes para artículos de uso personal, que no requieren declaración si se ajustan al propósito del viaje y su duración. Los productos considerados de primera necesidad, como alimentos, medicamentos y artículos de higiene, continúan bajo regímenes de exención establecidos previamente. Sin embargo, se exige declarar cualquier otro tipo de mercancía transportada.

La normativa también promueve el uso de sistemas digitales para agilizar el proceso de ingreso. La declaración es obligatoria para todos los artículos o mercancías que los viajeros traigan consigo fuera de sus efectos personales. La normativa también mantiene su mecanismo de prohibiciones y exenciones.

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