domingo, 26 enero, 2025
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El impacto fiscal de rebaja en retenciones

Un estudio privado comparó el costo fiscal de la baja temporal de retenciones en relación a ingresos y gastos del Tesoro. Para empezar, la reciente decisión del equipo económico tendrá un costo equivalente a 0,13 por ciento del PBI. En un esquema donde cada peso del ajuste representó un daño para determinados sectores de la sociedad, es valioso mensurar la magnitud de fondos que el Estado se privará de recaudar en favor al campo en busca de un gesto para garantizar la liquidación de las exportaciones.

El Gobierno decidió la baja temporal –desde el lunes 27 de enero a junio- de la retenciones de granos y derivados, al tiempo que eliminarán los derechos de exportación a las economías regionales, dando lugar a un reclamo de larga data del sector agrario. En el primer caso el grano de soja pasará de 33 a 26 por ciento, los derivados de la soja de 31 a 24,5 por ciento, el trigo de 12 a 9,5 por ciento, la cebada de 12 a 9,5 por ciento, el sorgo de 12 a 9,5 por ciento, al igual que el maíz de 12 a 9,5 por ciento y el girasol de 7 a 5,5 por ciento. En el segundo grupo se encuentran el azúcar, algodón, vino, la forestoindustria y el arroz, entre otros.

El ministro de Economía, Luis Caputo, compartió una conferencia de prensa con el vocero presidencial Manuel Adorni donde informó que la medida está vinculada a los pronósticos de sequía en diversas regiones productivas y a la merma en el precio de las commodities a nivel global. Sin embargo se especula con que el Gobierno necesita garantizarse los dólares de las exportaciones agrarias que ocurren en el primer semestre y así evitar opacar aún más el indicador de las reservas: el único cuya evolución no logró consagrar ante el equipo técnico del FMI y del cual depende, es sabido, la estabilidad del tipo de cambio.

Una banda de entre 700 y 1.500 millones de dólares al mes se estima que el Gobierno vende en los mercados financieros para evitar una volatilidad brusca de la paridad cambiaria.

Más ajuste

“Vamos a bajar impuestos pero sin comprometer el superávit. Esta decisión les permite a los productores poder planificar mejor. Dada esta situación particular del campo, con la sequía, es muy importante esta muestra de solidaridad. Estamos tratando de hacer justicia, en definitiva eso es bajar impuestos, tener un país más justo”, remarcó Caputo en la conferencia. Pero si algo enseñó este Gobierno es que todo gasto, o merma de recaudación, tiene un costo que debe asumir el fisco.

En ese sentido cobran valor las estimaciones del Instituto Argentino de Análsisi Fiscal (Iaraf) que, en función de la información disponible, estimó que la reducción temporal de las retenciones implicaría un costo fiscal del orden de 0,13 por ciento del PBI. Es un número relevante y, debido a que es poco probable que el costo fiscal se financie con una sola vía, resulta trascendente cuantificar el esfuerzo que significaría en términos de fuentes alternativas de financiamiento al Tesoro.

En primer lugar, sostiene el Iaraf, si se considera el resultado fiscal de 2024, se tiene que la pérdida de recaudación por retenciones representa casi la mitad del mismo, puntualmente un 42 por ciento, dado que el superávit primario fue de 0,31 por ciento del PBI. La obtención de este resultado fue costosísima sobre todo para la sociedad: por la licuación de jubilaciones, suspensión de la obra pública, de las transferencias a provincias, a universidades y despidos; de modo que todo esto sería nuevamente puesto en jaque si se redujera el superávit. Además es preciso considerar que este constituye también una meta a evaluar por el staff del FMI.

En tanto, continúa el Iaraf, en relación a los ingresos no coparticipables (exclusivos de Nación), la relación es de 1,4 por ciento. Vale notar que las retenciones específicamente no son un impuesto coparticipable, sino un derecho aduanero. A su vez, respecto a los ingresos tributarios (coparticipables y no coparticipables) que recauda la Nación la relación es del 0,8 por ciento.

Por otro lado, en términos del gasto público, el costo fiscal de la reducción temporal de retenciones en relación al gasto primario es del 0,8 por ciento, según las estimaciones del Iaraf. Mientras que en relación al gasto en subsidios a la energía es del 11,5 por ciento, nuevamente una cifra nada menor si se contempla lo antipopular de la medida de reducir los subsidios del Estado.

Por otro lado, en relación al déficit operativo de empresas públicas, el costo de reducir temporalmente las retenciones es del 29 por ciento. Asimismo, en relación a la inversión real directa el costo es del 33 por ciento.

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