Después de que la normativa lograra su sanción definitiva a fines de junio, el gobierno de Javier Milei publicó este lunes en el Boletín Oficial el primer tramo de la reglamentación de la Ley Bases. El documento fue firmado el viernes a última hora por el Presidente.
El Decreto 695/2024, firmado por Milei, así como también por el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y los ministros Federico Sturzenegger y Luis Caputo, reglamentó los capítulos sobre privatizaciones y empleo público, ambas incluidas en el Título II de la Ley Bases, «Reforma del Estado». También el silencio administrativo, que deberá implementar la Jefatura de Gabinete en un plazo de 15 días.
La noticia la había adelantado este sábado el vocero presidencial, Manuel Adorni, y fue Guillermo Francos, Jefe de Gabinete, quien entregó algunas precisiones. En diálogo con radio Mitre, afirmó: «Se firmó un decreto con la reglamentación sobre todo de procedimientos administrativos. Todas las normas que hacen a la desburocratización del Estado”.
En los considerandos, la normativa sostiene que «el Poder Ejecutivo Nacional podrá disponer la reestructuración de los órganos u organismos de la administración central o descentralizada contemplados en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, con excepción de aquellos expresamente mencionados en el artículo 3° de la precitada ley».
También menciona que en el artículo 4° de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos «se facultó al Poder Ejecutivo a disponer, en relación con las empresas y sociedades contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley N°24.156: a) la modificación o transformación de su estructura jurídica y b) su fusión, escisión, reorganización, reconformación o transferencia a las Provincias o a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos».
«A través del CAPÍTULO II – Privatización del TÍTULO II – Reforma del Estado de la referida ley se declararon“sujetas a privatización”, en los términos y con los efectos de los Capítulos II y III de la Ley N°23.696, las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado nacional enumeradas en el anexo I de la citada ley», se agregó en el texto.
Y concluye que «en virtud de ello, deviene necesario proceder a la reglamentación de los referidos Capítulos con el fin de permitir su adecuada implementación».
En ese marco, el artículo 1° establece la «aprobación de la reglamentación del Título II- Reforma del Estado- De la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº27.742″.
El artículo 2°, en tanto, indica que “la Jefatura de Gabinete de Ministros dentro del plazo de quince días contados a partir de la entrada en vigencia del presente, debe aprobar el cronograma de implementación del silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley N° 27.742”.
“El silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, comenzará a regir de acuerdo con las fechas previstas en el precitado cronograma y para los procedimientos que se inicien con posterioridad a las mismas”.
“Las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada deberán identificar y mantener actualizado el detalle de los procedimientos administrativos alcanzados por lo establecido en el párrafo anterior, en el ámbito de sus competencia”, añadió.
Por último, indicó que “los procedimientos administrativos regulados en normas especiales que contemplen la aplicación del silencio con efecto positivo continuarán rigiéndose por sus respectivas normas y mantendrán plena operatividad”.
Si bien el Ejecutivo nacional tuvo la aprobación definitiva de la Ley Bases y el Paquete Fiscal seis meses después de haber iniciado la gestión, hasta el momento tan solo se había reglamentado la segunda normativa.
El pasado 12 de julio, el Gobierno reglamentó, mediante el decreto 608/2024, los principales puntos del denominado Paquete Fiscal o, más formalmente, la Ley 27.743 con las Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes . Ahí están los lineamientos de las reglas que regirán Bienes Personales, el blanqueo y la moratoria.
ES