lunes, 25 noviembre, 2024
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Vialidad: Cristina Kirchner insistirá con su inocencia y pedirá que anulen la condena en su contra

Cristina Kirchner insistirá con su pedido de nulidad de la condena por corrupción que recibió en el caso Vialidad, donde se la encontró responsable del delito de administración fraudulenta con una pena de seis años de prisión. Este jueves, ante la Cámara Federal de Casación Penal, su abogado Carlos Beraldi expondrá los argumentos en base a los cuales sostiene que no hay elementos jurídicos para acusar a la ex vicepresidenta.

La novedad en la presentación que realizará el defensor fue anticipada por Cristina en sus redes sociales: un «dictamen» que a pedido de ella realizó el jurista Rodolfo Barra, que justificaría su falta de responsabilidad respecto de los posibles delitos cometidos por funcionarios de su gobierno.

«Quiero compartir con ustedes el Dictamen Experto Legal que solicité el año pasado al Dr. Rodolfo Carlos Barra sobre las responsabilidades de la Presidencia de la Nación en materia de control o supervisión en los procesos licitatorios de obras públicas de la Dirección Nacional de Vialidad, así como también sobre la legalidad del decreto 54/2009; por ser los supuestos de la sentencia que me proscribió en 2022», presenta la exvicepresidenta en X.

Luego de elogiar el frondoso currículum de Barra, Cristina recuerda que «Como todos saben el Dr. Barra, que fue designado por el Presidente Javier Milei como Procurador del Tesoro de la Nación, es tal vez el mayor experto en materia de Derecho Administrativo del país y, además, ha participado y participa de espacios políticos de los que siempre he sido opositora«.

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El pedido del fiscal ante la Cámara de Casación, Mario Villar, implicaría el doble de tiempo de prisión para la ex vicepresidenta.

«Es de público y notorio que nuestras ideas y nuestra militancia política son diametralmente opuestas, pero los textos de la Constitución y de las leyes dictadas en su consecuencia, en esto sí coincidimos con el Dr. Barra, deberían ser iguales para todos. He aquí uno de los principales problemas del país y tal vez explica mejor que nada la inédita situación que hoy vive nuestra Patria», cierra Cristina.

En lo que la viuda de Néstor Kirchner califica como «una verdadera pieza del derecho»; Barra atribuye al Jefe de Gabinete «la competencia constitucioal para ejercer la administración general del país y ejecutar el presupuesto nacional,» recuerda que la Dirección Nacional de Vialidad «es autónoma y sujeta a controles del Ministerio de Economía, pero no recibe instrucciones directas del Presidente», y concluye que «no hay responsabilidad penal objetiva del Presidente por el decreto ni por posibles delitos relacionados con contratos u obras», ya que «el Congreso y la Auditoría General de la Nación aprobaron cuentas relacionadas con la gestión, respaldando la legalidad».

«En conclusión, el Presidente no tiene responsabilidad administrativa ni penal en el caso, ya que es ajeno a la administración general, función a cargo del Jefe de Gabinete».

A partir de las 10 se dará inició a la tercera de las seis audiencias que la Sala IV de la Casación Federal, al término de las cuales estará en condiciones de pronunciarse sobre la sentencia que en diciembre de 2022 dictó el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), y que le valió a la ex presidenta y vicepresidenta su primera condena en un caso de corrupción.

“En las primeras páginas de la sentencia recurrida quedó de manifiesto que la condena dictada en contra de Cristina Kirchner no cuenta con pruebas directas que la avalen, sino antes bien se basó en una serie de circunstancias que los magistrados calificaron como indicios”, sostuvo el abogado defensor, Carlos Beraldi, cuando presentó la apelación contra el criterio del TOF 2.

Para Cristina, los fundamentos de la sentencia son “absolutamente arbitrarios y desprovistos del más mínimo sustento lógico, fáctico y jurídico”. Su abogado defensor manifestó a través de la apelación que la ex vice es “la persona que más ha sido acosada mediante denuncias en toda la historia argentina”.

La apelación de la vicepresidenta y que será sostenida por Beraldi durante la audiencia reitera que los 51 contratos de obra pública en Santa Cruz que bajo su presidencia y la de su marido logró Lázaro Báez «fueron documentados, legales, dentro de los circuitos administrativos correspondientes y con los organismos de control cumpliendo con sus respectivos roles».

“La falta de pruebas de cargo en contra de nuestra representada no obedece a los pretextos ensayados por el tribunal, sino es consecuencia directa e inmediata de que, como fue acreditado en el juicio, Cristina Fernández de Kirchner es absolutamente inocente del supuesto delito por el cual injustamente fue condenada”, es uno de los argumentos principales de su abogado.

El fiscal pidió duplicar la pena

Este criterio se contrapone con lo solicitado por el fiscal general Mario Villar quien, hace dos semanas, pidió que la ex vicepresidenta reciba una pena mayor al entender que hay elementos de prueba suficientes para sostener la acusación -además de administración fraudulenta- por asociación ilícita en carácter de jefa. Esto conllevaría una prisión de doce años.

La condena por hechos de corrupción contra Cristina Kirchner salió de forma unánime. El voto fue mayoritario a la hora de evaluar si había que atribuirle el delito de asociación ilícita en carácter de jefa. Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini coincidieron en plantear que no, mientras que Andrés Basso se diferenció de ellos, avalando la acusación de la fiscalía.

Para la defensa de la ex vice, no sólo se está ante un “típico caso de lawfare” sino que además, durante el juicio oral y público,»hubo presiones para que se condenara injustamente a Cristina Kirchner y como consecuencia de ello se la inhabilitara de manera perpetua para el ejercicio de cualquier cargo público”.

Las acusaciones por corrupción

En este caso se analizaron las 51 licitaciones viales que entre 2003 y 2015 recibió Lázaro Báez, convirtiéndose en el adjudicatario del 86% de los contratos que el gobierno nacional volcó en suelo santacruceño. Los mecanismos se reiteraron durante los doce años: direccionamiento de las licitaciones, pagos anticipados indebidos, modificación de los plazos de obra incrementando los costos, sumado a un circuito de pagos exclusivos y una permanente omisión de los organismos de control.

Al analizar el gran rompecabezas que representó el beneficio que obtuvo Lázaro Báez -46.000 millones de pesos- el Tribunal de juicio colocó otras piezas esenciales: los múltiples negocios que el matrimonio Kirchner mantuvo con el contratista del Estado, el financiamiento de esos acuerdos con el único ingreso del holding: la obra pública vial. La misma que en un 50% quedó inconclusa y que expuso cuantiosos sobreprecios.

En síntesis: el contratista K “cobraba irregularmente montos millonarios del Estado nacional y luego los destinaba a operaciones privadas con la ex Presidenta de la Nación, quien permitió y facilitó la erogación de ese dinero guiada por un claro interés personal”, concluyó el TOF 2. “El lucro que obtenía Fernández de Kirchner gracias a Báez resulta más que suficiente para explicar el montaje de semejante operación defraudatoria”.

Este “esquema de corrupción en la primera línea del Estado”, expresaron los magistrados, “producto de la codicia por el beneficio personal, proyectó sus aciagos efectos sobre las contrataciones públicas realizadas en materia vial en la provincia de Santa Cruz, sobrepasando todo límite ético para constituir, lisa y llanamente, una infracción penal”.

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